Afortunadamente lo normal es que las dolencias y afecciones que frenan nuestra actividad suelen ser cosas pequeñas, como un resfriado, gastroenteritis, cefaleas… nada grave, pero que en ocasiones puede impedir que acudamos a nuestro puesto de trabajo. Lo suyo es avisar cuanto antes y proporcionar un justificante a la empresa, pero hay quien opta por no hacerlo. Esto puede traernos muchos problemas.
Par empezar, es diferente la baja laboral que los justificantes médicos de enfermedad o accidente. Así, mientras que la baja es un documento expedido por el médico acreditando una incapacidad temporal para desempeñar nuestra labor, el justificante se limita a evidenciar que el trabajador ha tenido un percance concreto. Este último es opcional y previo a la baja.
Así pues, el documento clave es la baja laboral y además es el que posibilita acceder a una prestación económica de la Seguridad Social tras el tercer día. Este plazo marca la diferencia: si tu dolencia o afección previsiblemente no va a superar los tres días, habitualmente no se expide la baja, bastando con el justificante médico. Eso sí, te quedas sin prestación y sin salario, salvo que tu convenio o acuerdo indique lo contrario.
La cuestión está en faltar al trabajo sin proporcionar un justificante. Aquí, aunque hubiera un convenio, tu empresa no te pagará ese salario correspondiente al considerarlo una falta no justificada.
El Estatuto de los Trabajadores no es claro a la hora de determinar un límite de faltas no justificadas, pero sí que determina que la empresa tiene derecho a ejercer medidas disciplinarias si demuestra que está ante una baja injustificada. La primera, no pagar ese día de salario, pero también puede haber sanciones extra como más días sin empleo ni sueldo o hasta el despido.
No obstante, hay otras causas que pueden llevar a una falta no justificada, como causas de fuerza mayor u obligaciones familiares. Aquí nuestra recomendación es avisar cuanto antes a la empresa y proporcionar pruebas de la veracidad de lo sucedido. Además, la ley recoge posibles casos donde faltar al trabajo, como el matrimonio, nacimiento, adopción o mudanza.
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