Civil y PenalQué pasa cuando eres heredero y no lo sabes: cuatro preguntas para salir de dudas

26/06/2025

Aunque resulte difícil de creer, en España es perfectamente posible ser nombrado heredero en un testamento y no llegar a enterarse nunca. Esto ocurre con más frecuencia de la que imaginamos, sobre todo cuando el fallecido no es un familiar directo, sino un pariente lejano o incluso un amigo.

¿Debe el notario avisarte si apareces en un testamento?

No necesariamente. La ley no obliga al notario a comunicarlo, salvo que el testador lo haya indicado expresamente en el testamento. Este desconocimiento genera una paradoja: muchos piensan que, al morir, sus voluntades serán ejecutadas sin más, pero no siempre es así. Y en consecuencia, algunas herencias pueden quedar sin reclamar.

¿Cómo puedes saber si alguien te ha dejado parte de su herencia?

Si sospechas —aunque sea levemente— que podrías haber sido incluido en un testamento, conviene actuar. El primer paso es conseguir el certificado de defunción del fallecido, normalmente a través de sus familiares. Con ese documento, puedes solicitar el Certificado de Últimas Voluntades en el Registro General correspondiente. Este certificado indica si la persona otorgó testamento y, de ser así, ante qué notaría lo hizo.

Una vez con esa información, puedes acudir a ese notario, presentar el certificado y solicitar una copia del testamento. En caso de que aparezcas como heredero, tendrás derecho a reclamar lo que se te haya asignado. Si hay más herederos, será responsabilidad tuya avisarles para que se tramite la aceptación de la herencia.

¿Cuánto tiempo tienes para reclamar una herencia?

La legislación española es generosa en este aspecto: el plazo para ejercer tu derecho es de 30 años desde la fecha del fallecimiento. Un margen amplio que, no obstante, no siempre garantiza que los bienes no hayan sido ya adjudicados o incluso vendidos por otros herederos.

¿Y si no hay testamento?

En ese caso se abre un procedimiento distinto: la declaración de herederos abintestato, un trámite ante notario que permite determinar quiénes heredan y en qué proporción. Para ello deberás aportar el DNI del fallecido, su certificado de defunción, el de últimas voluntades y el libro de familia. Además, se requerirá la presencia de dos testigos sin interés directo en la herencia.

Si crees que podrías haber sido nombrado heredero, no dejes que el tiempo o el desconocimiento te hagan perder lo que te corresponde. La ley está de tu parte, pero el primer paso siempre lo das tú.

Portada | Foto de Mayron Oliveira en Unsplash

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