Cuando una persona fallece en España dejando hijos de diferentes relaciones o matrimonios, surgen muchas dudas sobre quién tiene derecho a qué. Desde el punto de vista legal, la respuesta corta es rotunda: todos los hijos tienen exactamente los mismos derechos hereditarios, sin importar si nacieron dentro de un primer matrimonio, de un segundo, o totalmente fuera de una unión matrimonial. El Código Civil español protege la igualdad de los hijos y no hace distinciones por su origen biológico o por el estado civil de los padres.
Si la persona fallece sin haber dejado testamento, la ley activa sus normas automáticas. En este escenario, la herencia se divide a partes iguales entre todos los hijos biológicos o adoptados. Sin embargo, surgen complicaciones con la actual pareja o viudo. Al viudo o viuda le corresponde por ley el usufructo del tercio de mejora. Esto significa que no es dueño de esos bienes, pero sí tiene derecho a usarlos o disfrutar de sus beneficios económicos mientras viva.
Un error muy común ocurre con los hijos de la actual pareja, es decir, los “hijastros”. Si el fallecido no los adoptó legalmente en vida, estos hijos de un matrimonio anterior de la pareja no tienen ningún derecho a recibir bienes de forma automática si no hay testamento. Para la ley, no son descendientes directos.
Para evitar problemas familiares y gestionar el patrimonio de forma inteligente, hacer testamento es la mejor solución. El testamento permite jugar con los tres tercios en los que se divide una herencia en España. El primer tercio, la legítima estricta, va obligatoriamente a todos los hijos a partes iguales. El segundo tercio, el de mejora, debe ir también a los hijos o nietos, pero aquí el testador puede elegir beneficiar más a unos que a otros, por ejemplo, para compensar a los hijos del primer matrimonio o proteger a los del segundo. El último tercio es el de libre disposición, y ahí el testador puede dejarle esa parte a quien quiera: a su actual viudo para dejarlo más cubierto, o incluso a sus hijastros si desea que reciban algo de su patrimonio.
En las familias con hijos de distintos matrimonios, la vivienda familiar suele ser el gran foco de conflicto. Si la casa era propiedad exclusiva del fallecido, pasará a sus hijos en propiedad, pero la viuda actual mantendrá el derecho de usufructo.Esto puede obligar a convivir indirectamente a los hijos del primer matrimonio con la segunda esposa de su padre, una situación que suele generar roces. Si la casa se compró a medias con la segunda pareja, la viuda mantiene su mitad y los hijos solo heredan la mitad del fallecido. Por todo esto, planificar la herencia mediante un testamento adecuado es fundamental para proteger a la pareja actual sin desatender el futuro de los hijos de relaciones anteriores.
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