Familia y SucesorioEl Tribunal Supremo declara nula la aceptación de la herencia tras descubrir una deuda superior a los bienes hereditarios

28/10/2021

El Tribunal Supremo ha declarado nula la aceptación de una herencia tras descubrir una deuda superior a los bienes heraditarios. La deuda fue reconocida en un documento por la causante, que debía surtir efecto después de su muerto. Y el heredero, desconocía la herencia. De hecho, de haberla conocido, no habría aceptado la herencia.

Con su decisión, el Tribunal Supremo anula la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid que desestimó la demanda formulada por el heredero, y confirma la del Juzgado de Primera Instancia que estimó la demanda.

Según se señala en la resolución dictada por el Supremo, tras la aceptación tácita de la herencia, apareció un documento otorgado por la causante en el que, para dar cumplimiento a la voluntad de su difunto esposo, reconocía el derecho de unos sobrinos políticos a cobrar, a su fallecimiento, el valor de mercado de unas fincas que ella había recibido de su marido como usufructuaria con facultad de disposición y que, haciendo uso de tal facultad, había vendido.

Con el documento que reconocía la deuda, la herencia se vio alterada de forma fundamental. El heredero, que debía responder con sus propios bienes a esta deuda oculta, no hubiera aceptado la herencia en caso de haber conocido la situación.

El error padecido es determinante, esencial y excusable. Y de no apreciarse este error determinante de su aceptación tácita, el heredero debería pagar, más allá del valor de los bienes de la herencia, y con sus propios bienes, una deuda que nació del reconocimiento voluntario por parte de la causante. En estas circunstancias, la sala aprecia que el error padecido por el actor fue invalidante de su aceptación de la herencia.

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