LaboralCómo solicitar la reducción de jornada por cuidado de hijos u otros familiares

23/03/2023

Has de saber que como trabajador, tienes derecho a solicitar la reducción de jornada para el cuidado de un familiar (puede ser tu hijo, pero también tus padres u otras personas dependientes) como herramienta para facilitar tu conciliación profesional y personal. Si no tienes muy claro cómo solicitarlo y otras cuestiones relativas, hoy te ayudamos con este tema.

De acuerdo con el artículo 37 del estatuto de los trabajadores, puedes pedir una reducción de jornada para cuidar de tus hijos si tienes hijos de menos de 12 años a tu cargo; tienen discapacidades física, mental o sensorial (sin límite de edad), están afectados por una enfermedad grave como el cáncer (con límite de edad de 23 años) o si estás al cuidado de un familiar de hasta el segundo grado de afinidad o consanguinidad.

Si cumples alguno de los anteriores y quieres hacer uso de la reducción de jornada, entonces tendrás que comunicar tu decisión a la empresa con al menos 15 días de margen. Asimismo cuando desees finalizar la reducción de jornada también tendrás que avisar a tu empresa cuando queden 15 días naturales para la vuelta a tu jornada anterior.

Aunque en el estatuto de los trabajadores no se recoge la forma de comunicación, algunos convenios colectivos hasta ofrecen modelos de solicitud para llevarlo a cabo. Nuestra recomendación es hacerlo siempre por escrito, pero si optas por hacerlo de forma oral, entonces es importante que haya testigos.

Es importante considerar que las empresas no podrán negarse a tu solicitud de reducción de jornada salvo en algunas excepciones. La primera que dos trabajadores de la misma empresa hagan esta misma solicitud para un mismo familiar o hijo. En ese caso tendría que aducir motivos productivos o de organización. La segunda puede deberse a que la empresa crea que la solicitas haciendo abuso de derecho, mala fe o manifiesto quebranto.

Si aún así te encuentras con una negativa, tienes opción de interponer una demanda en los siguientes 20 días naturales en el correspondiente Juzgado de lo Social. Además, la empresa no
puede tomar represalias para quien ejecute esta solicitud.

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