Familia y SucesorioSeparación de bienes antes del matrimonio: todo lo que debes saber

28/04/2022

Aunque al principio de cualquier relación todo es idílico, y las parejas se dan el sí quiero con toda la emoción del mundo, esa preciosa aventura no siempre llega a buen puerto: las separaciones y divorcios están a la orden del día cuando se acaba el amor, y con él, el matrimonio.

No es trago de buen gusto para nadie, pero si eres previsor, puedes hacer que el procedimiento sea  bastante más sencillo con una separación de bienes antes de casarte. Hoy te queremos contar todo lo que debes saber paso a paso sobre el régimen económico matrimonial.

LO QUE DEBES SABER DE LA SEPARACIÓN DE BIENES

 

Tras hablarlo y decidirlo de mutuo acuerdo, tendrás que ir al notario para otorgar capitulaciones matrimoniales donde se recoja este régimen de separación de bienes. En el artículo 1325 del Código Civil aparece que los otorgantes pueden “estipular, modificar o sustituir el régimen económico”, por lo que también es posible establecer otros acuerdos.

Una vez acordadas, las capitulaciones han de ser inscritas en el Registro Civil de forma independiente al matrimonio. Ten en cuenta que este régimen económico solo regirá desde su fecha de otorgamiento. ¿Qué quiere decir esto? Que si previamente habéis adquirido bienes, existirá una comunidad postganancial pendiente de liquidación.

Atención, porque también puedes establecer este régimen de bienes gananciales antes de casarte, siempre y cuando el plazo no sea superior al año y que el territorio donde son vecinos ambos está sujeto al derecho común.

Ten en cuenta asimismo que el régimen de separación no es un documento escrito en piedra: si en algún momento decidís modificarlo una vez estéis casados, podéis hacerlo sin problema. Estas son las consideraciones generales a tener en cuenta antes de abordar la separación de bienes de una pareja. No obstante, no dudes en solicitar nuestros servicios de asesoramiento para tu caso particular. Estaremos encantados de ayudarte! Puedes llamarnos al 876 664 944, o enviarnos un correo electrónico a info@abogadoscorporate.com

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