La respuesta jurídica es tajante: Legalmente, no existe un mínimo exento. Cualquier transmisión de bienes o dinero de padres a hijos, por pequeña que sea, se considera una donación y está sujeta al Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD). Hacienda tiene la potestad de reclamar el impuesto desde el primer euro, aunque en la práctica...
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