Civil y Penal¿Puedo irme de vacaciones estando de baja o en el paro? Esto es lo que dice la ley

27/07/2022

Cuando estamos de baja se presupone que no estamos en condiciones de trabajar y que el descanso es recomendable. Y si estamos en paro y en búsqueda activa de empleo cabe esperar que nuestro “trabajo” sea preparar el CV, aplicar a las ofertas y hacer entrevistas. Por eso es fácil que surja la pregunta que da título a este post: ¿Puedo irme de vacaciones estando de baja o en el paro? La respuesta no es clara porque hay muchos matices, pero trataremos de arrojar algo de luz sobre el asunto.

Si estás de baja no existe un impedimento expreso de la Ley General de la Seguridad Social que prohíba viajar, si bien por lógica dependerá de la gravedad y la dolencia de la incapacidad. O lo que es lo mismo, se entiende que puedes viajar siempre y cuando este evento no entorpezca tu recuperación. No obstante, no está de más solicitar una autorización de tu médico.  Eso sí, ten en cuenta dos posibles consecuencias:

Puedes perder la prestación (artículo 157) si incumples las recomendaciones médicas, abandonas el tratamiento o no asistes a una consulta porque estás ausente.
Si tu empresa considera que tus vacaciones han sido un obstáculo para tu recuperación, entonces puedes ser objeto de sanción o despido.

Si simplemente estás de paro, podrás irte de vacaciones siempre y cuando cumplas con tus obligaciones: formaciones, citas con tu oficina, entrevistas…
En el caso de que viajes en España no hay limitaciones, aunque es recomendable comunicarlo al SEPE previamente. Si viajas al extranjero existen más complicaciones:

Para mantener la prestación tendrás que viajar menos de 15 días y es recomendable comunicarlo previamente.

Si viajas de 16 a 90 días entonces es obligación informar al SEPE y que este nos autorice, suspendiendo la prestación.

Si tu viaje dura más de 90 días tu prestación queda extinguida y es obligatorio informar al SEPE.

En los casos segundo y tercero tendrás que comunicárselo al SEPE el primer día hábil después de tu regreso a España.

Si deseas más información y necesitas asesoramiento, no dudes en ponerte en contacto con nosotros llamando al 876 664 944 o enviándonos un correo electrónico a info@abogadoscorporate.com

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