Civil y PenalHeredé la casa en la que vivo: qué derechos tienen mis hermanos sobre el inmueble

28/11/2024

Una cosa son los arreglos que hacen unos padres en vida y otra muy diferente lo que pasa tras la defunción de estos. Por ejemplo, con su casa, que en ese momento pasa a ser de sus herederos. Aquí entran en juego diferentes casuísticas relativas a su uso y disfrute, explotación o venta. Dentro de estas opciones está la de que uno de los hijos viva en esa casa que ahora pasa a ser de todos los hermanos. ¿Qué derechos tienen? ¿Pueden echarle?

Vaya por delante que en este escenario supondremos que los dos progenitores ya no están, el caso en el que el inmueble pasa a ser propiedad de todos los hijos a partes iguales. En este sentido, todos tienen derecho a vivir en la casa en cuestión. Pero puede darse el caso de que uno haya permanecido en la casa familiar cuidándoles o no se haya emancipado aún.

El código Civil deja claro que todos los hijos son herederos forzosos, es decir, que a todos les corresponde idéntica proporción. Si el fallecido dispone de suficiente patrimonio, sería posible que a uno le dejase la vivienda y compensase al resto con bienes con valor equivalente. 

Si no es el caso y uno vive en ella, pueden darse tres regímenes: el precario, si carece de documentación como un contrato de alquiler o propiedad, en cuyo caso el resto de hermanos podrían emprender acciones legales para terminar en un desahucio, siempre y cuando el hermano que viva allí no sea menor de edad, discapacitado o, como ya hemos adelantado, pague una renta. 

La segunda opción es el acomodato, en el que los hermanos acuerdan el uso de la vivienda por uno de ellos durante cierto tiempo y que habitualmente implica el pago de un alquiler. Finalmente está la división de la cosa común, en la que si los hermanos no se ponen de acuerdo con el destino de la vivienda, será el juzgado que determine qué les corresponde.

No obstante lo más recomendable es llegar a un acuerdo amistoso entre los hermanos, ya sea para que sea uno de ellos quien se la quede, la repartición o trámites como la venta o el alquiler. Sea como sea, en caso de producirse un desalojo, este tendrá que producirse de acuerdo con la legalidad vigente.

Portada | Foto de Samer Daboul

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